OTROS PROCESOS INCIDENTALES EN AUTOS 'S, M E SOBRE 149 BIS - AMENAZAS' Número: INC 136215/2023-2
Se plantea un conflicto de competencia entre los Juzgados N° 9 y 31 en un caso de amenazas. La Cámara de Casación y Apelaciones resolvió que el Juzgado N° 31 debe continuar con el trámite del caso, manteniendo su competencia.
¿Quién es el actor?
Fiscalía
¿A quién se demanda?
M. E. S.
- Objeto de la demanda: Conflicto de competencia entre Juzgados.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el Juzgado N° 31 debe continuar con el trámite del caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al momento de ser clausurada la etapa previa a la celebración del venidero debate oral, no se registró ninguna declaración de rebeldía del imputado." "La falta de diligencia en verificar si el imputado estaba a derecho trajo aparejado que se avanzara en el proceso a una etapa ulterior, sin haberse precluido la anterior en debida forma." "Corresponde mantener la competencia de la Sra. jueza a cargo de la etapa de debate."
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