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L., C. F SOBRE 181 INC. 1 - USURPACION (DESPOJO) Número: DEB21307/2022-2

El Juzgado PCyF nro. 8 resolvió un conflicto de competencia respecto a la intervención de la parte querellante en un caso de usurpación. La Cámara de Casación y Apelaciones determinó que el Juzgado PCyF nro. 8 debe continuar conociendo el caso y resolver todas las incidencias.

Incidente Usurpacion Competencia Parte querellante Juzgado pcyf nro. 8 Juzgado pcyf nro. 19 Preclusion Imparcialidad Resolucion Derecho procesal penal


¿Quién es el actor?

H. E. D.

¿A quién se demanda?

C. F. L.
- Objeto de la demanda: Solicitud de intervención como parte querellante en un caso de usurpación.
- Decisión del tribunal: Se atribuye competencia al Juzgado PCyF nro. 8 para continuar con el caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La etapa intermedia se encuentra precluida, sin que haya mediado resolución alguna que indicara lo contrario." Además, se destaca que "no se advierte, al menos, de momento, de qué modo la prosecución de la investigación podría poner en riesgo la imparcialidad de la a quo."

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