INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS ORDERIQUE DEL CARPIO, OLMEDO DIONICIO SOBRE 189 BIS (2) - PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL Número: INC20020/2024-3
La defensa de Olmedo Dionicio Orderique del Carpio apeló el rechazo de la excepción de atipicidad por la portación de un arma no apta para disparar. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la atipicidad no es manifiesta y debe ser evaluada en el juicio.
¿Quién es el actor?
María Andrea Piesco, Defensora Oficial.
¿A quién se demanda?
Olmedo Dionicio Orderique del Carpio.
- Objeto de la demanda: Rechazo de la excepción de atipicidad en la portación de un arma de fuego no apta para disparar.
- Decisión del tribunal: Se confirma el rechazo de la excepción de atipicidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La atipicidad planteada no surge de manera manifiesta, sino que los fundamentos de la defensa se dirigen a dirimir cuestiones de hecho y prueba, cuya discusión es propia de la etapa de juicio." "El hecho por el cual el acusador público lleva adelante el proceso debe resultar palmariamente atípico, lo que, en contraposición a lo que sostiene la defensa, no ocurre en el supuesto bajo estudio." "La norma citada sanciona a quien: '…porta en la vía pública, sin causa que lo justifique, cualquier tipo de arma no convencional...'"
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