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CAUSA N° 406/2017-2 “BLANES, Daniel Iván s/art. 111 - CC”

El defensor interpuso recurso de apelación contra la resolución que comunicó al Poder Ejecutivo el descuento de puntos de la licencia de conducir del imputado. La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la decisión, argumentando que la comunicación era prematura y contraria al principio de inocencia.

Recurso de apelacion Infraccion de transito Suspension del proceso a prueba Descuento de puntos Principio de inocencia Comunicacion al poder ejecutivo Codigo contravencional Agravio Jurisprudencia Revocacion


¿Quién es el actor?

Defensoría Oficial N° 7

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Revocar la comunicación al Poder Ejecutivo para el descuento de puntos de la licencia de conducir del Sr. Blanes.
- Decisión del tribunal: Se revocó el punto III de la resolución de la Juez de grado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La suspensión del juicio a prueba podría ser revocada si se dieran los supuestos previstos legalmente, lo que implicaría la reanudación en el trámite de las actuaciones, la posibilidad de que se lleve a cabo un juicio y el correspondiente dictado de una sentencia, la que no cabe presuponer será condenatoria." "No resulta viable efectuar tal comunicación al Poder Ejecutivo cuando en virtud del principio de inocencia, no es dable descartar, dada la etapa procesal, el dictado de una sentencia que lo beneficie." "La comunicación a la Unidad Administrativa de Control de Faltas no puede ser justificada bajo el argumento de garantizar celeridad y eficacia automática del sistema de evaluación permanente de conductores."

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