UBER, UBER s/infr. art(s). 1° Ley 26.735, Art. 1º - Evasión simple. Ley 26.735 (modificacion Ley 24.769)
El Ministerio Público Fiscal apeló la resolución que impuso a los imputados la obligación de informar sobre salidas del país. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión y dispuso la prohibición de salida del país de los imputados, considerando insuficiente la medida anterior.
Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Enrique Gibert, Miguel Rattagan y Ricardo Mihanovich Murphy Objeto: Prohibición de salida del país de los imputados Decisión: Se revocó la resolución anterior y se dispuso la prohibición de salida del país de los imputados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ningún imputado en un proceso penal puede abandonar el país cuando quiere y como quiere, sin que resulte irrazonable, en supuestos como el presente, la previa autorización del Juez de Garantías quien tiene, paralelamente, la función de garantizar el cabal ejercicio de sus derechos constitucionales evitando que la restricción sea irrazonable." "La urgencia en la resolución de la apelación fiscal deducida no se encuentra presente." "Se advierte, por un lado, la ausencia de urgencia en la resolución del asunto que nos convoca y, por el otro, la conveniencia de que intervengan en aquella los jueces naturales de la causa de esta Alzada."
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