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PUERTO NORTE S.A. SOBRE 9.1.1 - OBSTRUCCIÓN DE INSPECCIÓN

El Sr. Alvaro Sueiro, en representación de PUERTO NORTE S.A., apeló la sentencia que lo condenó por obstrucción de inspección. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que no se vulneró el derecho de defensa.

Recurso de apelacion Obstruccion de inspeccion Derecho de defensa Ley 1.217 Multa Procedimiento administrativo Acta de comprobacion Ciudad autonoma de buenos aires Tribunal de apelaciones Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

PUERTO NORTE S.A.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Impugnación de la condena por obstrucción de inspección.
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena impuesta en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La identificación de la persona que no permitió el ingreso no se halla incluida entre aquellos requisitos consignados en el artículo 3° de la norma procedimental. De tal suerte, su ausencia no le quita validez al acto, que emanado de autoridad competente, se presume legítimo, salvo, claro está, prueba en contrario." "Los argumentos de la defensa se erigen como una simple discrepancia con lo decidido, resultando insuficientes para acreditar un supuesto de arbitrariedad, porque la referida tacha se reviste cuando la sentencia presenta una carencia total de fundamentos o éstos fueran absurdos."

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