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AFIP c/ VALDEZ JULIO CESAR s/EJECUCION FISCAL ? A.F.I.P.

El Fisco Nacional promovió un recurso de apelación contra la decisión que denegó el embargo de honorarios en una ejecución fiscal. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que los honorarios deben cobrarse por la vía ordinaria.

Ejecucion fiscal Honorarios Embargo A.f.i.p. Ley n? 11.683 Recursos tributarios Costas Procedimiento administrativo Soj banco Confirmacion de resolucion


¿Quién es el actor?

A.F.I.P.

¿A quién se demanda?

Julio César Valdez
- Objeto de la demanda: Ejecución de honorarios por $25.351,15 más intereses y costas.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución que no hace lugar al embargo de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La medida de embargo, en términos generales, importa la afectación, por orden del órgano judicial, de uno o de varios bienes del deudor... Si bien el embargo cumple, en cierto sentido, una función semejante a la de la afectación convencional de determinados bienes... existen razones suficientes para concluir que los honorarios derivados de esa misma ejecución... no puedan ser cobrados al obligado al pago por el SOJ Banco, atento su carácter accesorio respecto de la pretensión principal." "El SOJ Banco está diseñado exclusivamente para el cobro de deudas y saldos de importes adeudados al Organismo Fiscal."

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