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S. M. C/ S. R. M. S/ ALIMENTOS(A)

El actor promovió demanda de alimentos contra su progenitor, solicitando la extensión de la obligación alimentaria. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, argumentando la falta de prueba suficiente sobre la imposibilidad de autoabastecimiento del alimentado.

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Actor: M. S. Demandado: S. R. M. Objeto: Extensión de la obligación alimentaria. Decisión: Se confirmó el rechazo de la demanda de alimentos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación de los progenitores de proveer recursos al hijo subsiste hasta que éste alcance la edad de veinticinco años, si la prosecución de estudios o preparación profesional de un arte u oficio, le impide proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente." "No es suficiente la mera prueba de estar inscripto en la matrícula; el hijo debe probar que el régimen de estudios, por ejemplo, el cursado o el cumplimiento de otras obligaciones curriculares, le impiden realizar cualquier actividad rentada." "El actor basa sus agravios en la ausencia de consideración por el magistrado de sus condiciones de salud... sin que existan otras pruebas de entidad suficiente para acreditar las afirmaciones del actor, el presupuesto del que parte para cuestionar la sentencia no se sostiene probatoriamente."

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