VEGA CITTERIO MALENA C/ MERIDA ZENON y otro/a S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Vega Citterio Malena promovió una acción por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal se inhibió de seguir entendiendo en el proceso y lo remitió al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 7, considerando la concentración de causas en el mismo magistrado.
Actor: Vega Citterio Malena Demandado: Merida Zenón; otro/a Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: El Tribunal se inhibió de seguir entendiendo en el proceso y lo remitió al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 7.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El fuero de atracción, por ser derogatorio de los preceptos relativos al juez natural y a la competencia de los jueces, reviste carácter excepcional y de interpretación restrictiva, debiendo predominar en su aplicación un criterio de razonable funcionalidad." "El propósito del fuero de atracción, en lo que respecta a los procesos universales, es la concentración ante un mismo magistrado que entiende en el principal, en principio, de todas las causas que involucren al patrimonio como universalidad." "Entiendo que en estos actuados, por tratarse de una acción personal contra una de las demandadas, que a la fecha se encuentra fallecida, por cuestiones de concentración, orden práctico, economía y ordenamiento procesal, resulta razonable que el presente proceso tramite ante el mismo Juez del sucesorio."
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