HERRERA CECILIA MARIANA C/ EXPRESO VILLA NUEVA SOCIEDAD ANONIMA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal rechazó la demanda al considerar que la conducta de la actora interrumpió la relación de causalidad entre el hecho y el daño.
Actor: Cecilia Mariana Herrera; Daniel Catalino Acosta Demandado: Expreso Villanueva Sociedad Anónima Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por un accidente de tránsito. Decisión: Se rechazó la demanda de indemnización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A partir de lo dicho hasta aquí considero que la conducta de la coactora Herrera ha tenido la entidad suficiente para interrumpir -en forma total
- la relación de causalidad entre el hecho y el daño. Consecuentemente, la demanda no tiene favorable acogida (arts. 1722, 1729 CCyC)."
"La regla que dispone la prioridad de quien circula por la derecha, las normas de tránsito permiten previsibilidad en la conducta de quienes circulan el espacio público. Su inobservancia genera una presunción de que quien así ha actuado ha generado la causa del entuerto."
"Resta decir que la ubicación de los daños de los vehículos, parte media izquierda del colectivo y delantera izquierda del automóvil evidencian el intento de giro -o maniobra de evasión
- del automóvil hacia la derecha en la encrucijada; esto, además de revestir el carácter de embistente, según dictamen pericial."
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