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F., M. V. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió una acción de amparo contra OSOCNA y OSDE para mantener su afiliación al Plan 310 tras su jubilación. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación y prestaciones de salud en las mismas condiciones que antes de la jubilación.

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¿Quién es el actor?

M.V.F.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación al Plan 310 de salud sin limitaciones tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hizo lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de la beneficiaria al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para la ex trabajadora el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La aplicación de las normas invocadas conculca el derecho a la salud y derechos adquiridos de la peticionaria amparados por la Constitución Nacional." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."

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