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.................... S/ VIOLACION DE DOMICILIO, LESIONES LEVES CALIFICADAS - INC. 11º ART.80

El defensor apeló la condena de seis meses de prisión impuesta a Alexis Miranda Barrientos por violación de domicilio y lesiones leves agravadas por violencia de género. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia, destacando el valor del testimonio de la víctima y la correcta valoración de las pruebas por parte del juez de primera instancia.

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Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Alexis Miranda Barrientos Objeto: Condena por violación de domicilio y lesiones leves agravadas por relación de pareja y violencia de género. Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la condena impuesta por el Juez de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurrente cuestiona, en lo esencial, que la condena se basó exclusivamente en el testimonio de la víctima, sin pruebas independientes que corroboren su versión, lo que vulnera el principio de presunción de inocencia y el debido proceso. [...] Ante la naturaleza de los sucesos imputados, debe recordarse en primer término que el testimonio de la mujer víctima de violencia tiene un valor probatorio determinante para acreditar la ocurrencia del hecho." "La prueba debe ser apreciada en su integralidad, y que los datos previos y concomitantes en cuanto al contexto en que tiene lugar el hecho no pueden ser menospreciados [...] a esta altura se advierte que el Juez efectuó una correcta valoración de la prueba, no afectando las reglas que rigen este tipo de sucesos, esto es, en debida forma."

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