R., M. N. S/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL EN CAUSA 18461 (IPP 03-02-002505-22/00) UFIJ N°6 (19543 - JEP)
El imputado solicitó la libertad condicional tras ser denegada en primera instancia. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión y otorgó el beneficio, destacando la adecuada adaptación de Rovira en el sistema penitenciario y la necesidad de su reinserción social.
Actor: Defensa Oficial Dra. Olindi Huespi Demandado: Maximiliano Nicolás Rovira Objeto: Libertad Condicional Decisión: Se revoca la denegación de libertad condicional y se otorga el beneficio al imputado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El fundamento del Juez para denegar el beneficio ha sido bregar por un tránsito progresivo por los distintos regímenes y en honor del principio de progresividad... no existe motivo para apartarse de lo aconsejado por el SPB." "La libertad condicional no deja de ser una forma de cumplimiento de la pena, sin encierro carcelario, pero con su libertad sometida a estrictos límites..." "Por todo lo expuesto, propicio en consecuencia, que se conceda la Libertad Condicional al Sr. Maximiliano Nicolas Rovira..."
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