PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ P. L. A. Y OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA
PLAN OVALO S.A. de Ahorro para Fines Determinados apela la negativa al secuestro de un vehículo prendado. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó la decisión de primera instancia, admitiendo el secuestro por la naturaleza del bien y la necesidad de asegurar la ejecución.
Actor: PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Demandado: P. L. A.; otros Objeto: Secuestro de un vehículo prendado Decisión: Se revoca la negativa al secuestro, admitiéndose la medida
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 221 del CPCC establece que 'procederá el secuestro de los bienes muebles o semovientes objeto del juicio, cuando el embargo no asegurare por sí solo el derecho invocado por el solicitante...' Se advierte necesario en el caso en estudio... proveer a la guarda o conservación de la cosa para asegurar el resultado de la sentencia definitiva."
"Dada la naturaleza del bien embargado (automotor) la medida de secuestro procede, en el caso de la ejecución prendaria, dados los riesgos a los cuales -como es notorio
- el mismo está expuesto."
"Se deberá revocar el decisorio recurrido y admitirse la medida, sin costas atento a la ausencia de contradicción."
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