ESTRADA TOMAS AGUSTIN C/ CENTRO DE EXCELENCIA OFTALMOLOGICO S.A. S/ DESPIDO
El actor demandó por despido injustificado reclamando indemnizaciones por antigüedad y otros rubros. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar y condenó a la demandada al pago de más de $36 millones por despido sin causa.
Actor: TOMÁS AGUSTÍN ESTRADA Demandado: CENTRO DE EXCELENCIA OFTALMOLÓGICO S.A. Objeto: Indemnización por despido injustificado, incluyendo antigüedad, preaviso, SAC y otros rubros. Decisión: Se hizo lugar a la demanda por despido sin justa causa, reconociendo la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los hechos acreditados como injuriantes no guardan la suficiente relación gravedad para desplazar el principio de continuidad del contrato de trabajo, y el despido dispuesto por decisión unilateral por la parte empleadora debe ser considerado como sin justa causa, procediendo en consecuencias las indemnizaciones vinculadas a un despido de tal naturaleza (arts. 242, 243, 245, 232, 233 L.C.T.)." Además, se aclara que la reacción del trabajador fue provocada por maltrato verbal, lo que disminuye la gravedad de la reacción y justifica la continuidad del vínculo laboral.
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