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MANGANO ANABELA SOLEDAD C/ PROVINCIA ART SA S/ REGULACIÓN DE HONORARIOS

Anabela Soledad Mangano solicitó la regulación de honorarios por su actuación en un trámite administrativo ante la Comisión Médica. El Tribunal del Trabajo N° 5 resolvió regular los honorarios a favor de la abogada en 24,52 jus arancelarios, a cargo de la demandada.

Regulacion de honorarios Aseguradora de riesgos Comision medica Honorarios profesionales Ley 14.697 Jus arancelarios Articulos 36 y 37 de la resolucion srt 298/17 Deuda de valor Costas del proceso Actuacion administrativa

Actor: MANGANO ANABELA SOLEDAD Demandado: PROVINCIA ART SA Objeto: Regulación de honorarios por actuación profesional ante la Comisión Médica. Decisión: Se regularon los honorarios a favor de la abogada en 24,52 jus arancelarios, a cargo de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.)" (art. 1 ley 27.348). Se regulan honorarios conforme a la ley arancelaria local 14.697, aplicando un porcentaje entre el 7,5% y el 18,75% del valor pecuniario del juicio. La regulación se considera en base a la calidad de la labor y el tiempo empleado, fijándose en 24,52 jus arancelarios. "Resulta inequitativo considerar el valor actual de la unidad de medida regulatoria a los fines de meritar una actuación profesional sobre la base de un valor pecuniario del acuerdo que ha quedado congelado en el tiempo." "Las costas del proceso deberán ser soportadas por la parte demandada vencida en el pleito."

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