G., E. J. C/M. L. N. S/MEDIDA CAUTELAR ALIMENTOS PROVISORIOS
Se apeló una medida cautelar de alimentos provisorios a favor de la cónyuge divorciada. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando la situación económica y de salud de ambos cónyuges como criterios relevantes.
¿Quién es el actor?
G. E. J. (cónyuge divorciada)
¿A quién se demanda?
M. L. N. (ex cónyuge)
- Objeto de la demanda: Cuota alimentaria provisional equivalente al 5% de la jubilación del demandado.
- Decisión del tribunal: Se confirmó la resolución de primera instancia que otorgó la cuota alimentaria provisorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria entre ex cónyuges está limitada a los supuestos que establece el CCCN... el excónyuge que solicita estos alimentos deberá acreditar que no tiene recursos propios suficientes, ni posibilidad razonable de procurárselos." "Los elementos mencionados permiten concluir que la decisión de primera instancia luce correcta y merece ser confirmada." "En estas condiciones, los elementos mencionados permiten concluir que la decisión de primera instancia luce correcta y merece ser confirmada."
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