OJEDA MIGUEL ALBERTO c/ CRESCERI RODOLFO CARLOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La sentencia condena en forma concurrente a varios demandados por daños y perjuicios derivados del derrumbe de techos en un complejo deportivo, rechazando las eximentes de responsabilidad invocadas y confirmando la responsabilidad objetiva por deficiencias estructurales.
¿Quién es el actor?
Lombardo Ezequiel, Castrogiovanni Norberto Francisco y Ojeda Miguel Alberto.
¿A quién se demanda?
Rodolfo Carlos Cresseri, Ana María Cresseri de Fielder, Lucía Amelia Morandi y Alicia Elena Morandi, Aitor Pedro Areso, y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios por caídas de techos en un complejo deportivo, lesiones personales y daños en inmuebles.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda y se condenó a los responsables en partes iguales a pagar sumas que oscilan entre $6.600.000 y $15.000.000, por daños materiales, lesiones, gastos médicos y daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los daños en los inmuebles y lesiones en los actores se acreditaron mediante testimonios, informes periciales y constancias médicas, demostrando la relación de causalidad entre la caída del techo y el daño. La responsabilidad de los demandados no fue eximida por casos fortuitos, pues la estructura presentaba deficiencias estructurales que constituían vicio de la cosa. La eximente de caso fortuito o fuerza mayor no prospera, dado que la tormenta fue previsible y los informes técnicos acreditan deficiencias en la construcción. La responsabilidad objetiva recae en los titulares de los inmuebles, sin que la condición de usufructuarios o locatarios sea suficiente para eximirlos."
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