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A., A. M. Y OTRO c/ A., E. F. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Civil confirmó la sentencia que rechazó la reclamo por daños y perjuicios en un accidente de tránsito ocurrido en Presidente Derqui, Buenos Aires. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba pericial y la conducta prudente del conductor del Fiat Uno, eximiendo de responsabilidad al demandado.

Responsabilidad objetiva Accidente transito Prueba pericial mecanica Prioridad de paso Rechazo de apelacion Eximente de responsabilidad Rebellia Valoracion probatoria Ley 24.449 Danos y perjuicios


¿Quién es el actor?

Andrés Maximiliano Astrada y Cristina Isabel Sánchez

¿A quién se demanda?

Eduardo Félix Abalos
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios derivados de una colisión vehicular en la intersección de la avenida Presidente Juan Domingo Perón y calle Viedma, en la localidad de Presidente Derqui, Buenos Aires, ocurrida el 29 de junio de 2015.
- Decisión del tribunal: La Cámara rechazó la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la valoración de la prueba pericial mecánica, que concluyó que la colisión ocurrió cuando el Renault Sandero intentó ingresar a la Ruta 236 desde la calle Viedma y fue embestido en su lateral izquierdo por el Fiat Uno que circulaba por la avenida. La valoración fue considerada adecuada y sustentada en el método científico, conforme las reglas de la sana crítica y la normativa vigente. La declaración del testigo Moreyra, que difería del informe pericial, fue considerada insuficiente para contrarrestar el rigor científico del perito. La conducta del conductor del Fiat Uno fue considerada prudente y conforme a las normas de tránsito, por lo que se eximió de responsabilidad al demandado. La prioridad de paso no fue considerada absoluta, y la conducta de la actora en intentar cruzar sin precaución no fue suficiente para atribuirle responsabilidad. La rebeldía del demandado Abalos no afectó la validez del proceso, ya que la declaración de rebeldía produce una presunción favorable a la parte que la obtiene, y en este caso, la valoración de la prueba fue suficiente para confirmar la decisión de primera instancia. Las costas de la apelación se impusieron a los actores vencidos.

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