.................... S/ RECURSO DE QUEJA
Las defensoras particulares interpusieron un recurso de queja contra la denegación de un recurso de casación que impugnaba la prisión preventiva de su asistido. La Cámara de Casación Penal declaró admisible la queja, pero la rechazó por improcedente, al no advertir arbitrariedad en la decisión de la Cámara de Apelación.
Actor: Dra. Solange Alonso Barnetche; Dra. Alejandra Soledad Demaria Demandado: Francisco Leonel Heredia Objeto: Revocación de la prisión preventiva y libertad del imputado. Decisión: La queja fue declarada admisible pero rechazada por improcedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja fue interpuesta en tiempo oportuno y se adjuntó la documental que ordena acompañar el art. 433 del Código Procesal Penal, por lo tanto, la misma resulta admisible. [...] resulta insuficiente la mera invocación de una cuestión federal basada en genéricas postulaciones, en tanto el planteo de una cuestión federal para ser admisible debe ser suficiente y encontrarse directamente vinculada con los hechos debatidos." "Tampoco se advierten visos de arbitrariedad en la decisión en crisis, toda vez que la Cámara al expedirse en el sentido indicado ut-supra ha ponderado que en el caso en estudio subsisten los peligros procesales (Art. 148 del CPP) oportunamente valorados al dictarse la medida de coerción sustentados no sólo en la elevada pena en expectativa [...] sino también en el tiempo de detención cumplido, y especialmente, y esto resulta dirimente, en las características objetivas y violencia desplegadas en la comisión del hecho."
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