.................... S/ RECURSO DE QUEJA
El defensor Juan José Mahiques interpuso recurso de queja contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que confirmó la denegación de nulidad del procedimiento en el que se encuentra el encartado Erik Emmanuel Cardozo. La Cámara de Casación Penal declaró admisible la queja pero la rechazó por improcedente, argumentando falta de fundamentos en el reclamo.
Actor: Juan José Mahiques Demandado: Erik Emmanuel Cardozo Objeto: Nulidad del procedimiento y sobreseimiento del encausado. Decisión: Se declara admisible la queja pero se rechaza por improcedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja ha sido deducidas en tiempo y forma de conformidad con el art. 433 del CPP. En cuanto a su procedencia cabe destacar que el recurso de casación fue entablado conforme las formalidades legales (arts. 421 y 451 del CPP). En este sentido, la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial Mercedes, que por mayoría confirmó lo decidido en la instancia anterior en cuanto al rechazo del planteo de nulidad y todo lo obrado, no encuadra en ninguno de los supuestos previstos en el art. 450 del CPP." "El objeto de la doctrina de la arbitrariedad no es corregir en tercera instancia fallos equivocados, sino cubrir los defectos graves de fundamentación o razonamiento que tornen ilusorio el derecho de defensa y conduzcan a la frustración del derecho federal invocado." "La mayoría del a quo dio sobrados fundamentos para convalidar el accionar de los numerarios policiales, destacando su actuación de urgencia y sustentada en datos objetivos previos a la misma."
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