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CASTILLO DAMIAN RODOLFO C/ ART MUTUAL DE EMPLEADOS MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOT S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El Tribunal del Trabajo de Zárate homologó un acuerdo de condena por enfermedad profesional. La sentencia dispuso que la homologación es procedente y estableció las condiciones para el pago, incluyendo la suspensión del plazo hasta acreditar la cuenta bancaria del actor, además de regular los honorarios y contribuciones.

Homologacion acuerdo laboral Enfermedad profesional Regulacion honorarios Suspension plazo pago Costas Arts. 12 13 15 277 l.c.t. Ley 15057 Pago deposito Acuerdo conciliatorio Jurisdiccion laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte demandante, Damián Rodolfo Castillo, demandó a ART Mutual de Empleados Mecánicos y Afines del Transporte Automotor en causa por enfermedad profesional. La sentencia homologó un acuerdo alcanzado entre las partes, considerando que con él se logró una justa composición de derechos e intereses y que no existía violación de derechos protegidos por el orden público. La resolución dispuso que el acuerdo debe homologarse, estableciendo que la parte demandada debe acreditar el pago del 50% de la tasa de justicia y su contribución, además de regular los honorarios profesionales y del perito médico. La homologación también incluye la regulación de los pagos mediante depósito en cuenta bancaria del actor, suspendiendo el plazo para el pago del capital hasta que ello ocurra. La sentencia fundamenta que "con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público", y que "el acuerdo debe homologarse conforme lo dispuesto en los arts. 12, 13, 15, 277 de la L.C.T. y art. 30 de la ley 15057".

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