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ALFANO NICOLAS ALBERTO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Tribunal del Trabajo N° 2 de San Nicolás dictó sentencia favorable al actor, regulando honorarios profesionales y ordenando pago a la demandada. La decisión se basa en la competencia del tribunal y en la aplicación de la ley de honorarios y jurisprudencia.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Ley 27.348 Comision medica Regulacion de honorarios Competencia tribunal laboral Acuerdo homologado Sentencia Honorarios administrativos Jurisprudencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Dr. Nicolás Alberto Alfano promovió demanda para obtener la regulación de honorarios por actuaciones en expediente administrativo relacionado con la determinación del carácter profesional de la dolencia de un trabajador, en el marco de la Ley 27.348. La Comisión Médica n°31 B dictaminó que la dolencia no era profesional y archivó las actuaciones. Posteriormente, el trabajador, representado por el Dr. Roig, inició un expediente judicial y arribó a un acuerdo de homologación por $5.000.000, en el cual se estipuló que los honorarios del Dr. Roig serían de $750.000, a cargo de la aseguradora. El tribunal concluyó que la intervención del Dr. Alfano en sede administrativa fue obligatoria y que, en virtud de los parámetros legales y la jurisprudencia, corresponde regular sus honorarios y ordenarle el pago a la parte demandada, en la suma de 19,65 jus arancelarios más adicional de ley. La sentencia fundamenta que, si bien el acuerdo homologado fue celebrado por el Dr. Roig, los honorarios del Dr. Alfano deben ser regulados por separado, dado que actuó en sede administrativa y en sede judicial. La resolución impone costas a la demandada y ordena el pago de la tasa de justicia y contribución del 10%.

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