PAZ ZARACHO DAIANA CATERINA C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 5
La actora promovió acción de revisión contra la decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal rechazó la excepción de cosa juzgada planteada por la demandada, sosteniendo que la jurisdicción se abre tras el dictamen de la Comisión Médica local.
Actor: PAZ ZARACHO DAIANA CATERINA Demandado: ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Objeto: Acción de revisión respecto al dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional. Decisión: Se rechazó la excepción de cosa juzgada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En materia de accidentes fundados en la LRT y sus modificatorias... la jurisdicción se abre una vez que se ha emitido el dictamen de la Comisión Médica local, y es el trabajador quien puede optar entre elevar lo actuado a la comisión médica central... o interponer la revisión por una acción ordinaria ante los tribunales del fuero, lo que ha sucedido en el caso de autos." "Queda así sellada la suerte del planteo y propicio el rechazo de la excepción de cosa juzgada opuesta." "En cuanto a las costas, corresponde se le impongan a la incidentista vencida..."
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