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GUERRERO RUBEN ARNALDO C/ SALAMAR S.A. y otros S/ DESPIDO

La sentencia fue aclarada para corregir un error en la mención de los demandados y los conceptos rechazados en la acción. El tribunal confirmó el rechazo de la demanda contra ambos Salgado, aclarando que la acción se dirigía correctamente contra ambos, y estableció que las costas son a cargo del actor. La decisión se fundamenta en que la sentencia original contenía un error material en la identificación de los demandados y en la relación de conceptos rechazados. La aclaración se realiza de oficio en virtud del error constatado, en línea con el art. 68 de la Ley 15.057, y la decisión mantiene la integridad del fallo original, sin modificar sus fundamentos sustanciales.


- Quién demanda: Guerrero Ruben Arnaldo

¿A quién se demanda?

Omar Fabian Salgado y Carlos Esteban Salgado

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaba indemnizaciones por despido, preaviso, vacaciones, SAC proporcional, y otras indemnizaciones laborales.

¿Qué se resolvió?

La sentencia original rechazó la acción contra ambos demandados, pero contenía un error en la relación de los mismos y en la descripción de la decisión. La Cámara aclaró que la acción fue dirigida contra ambos, y que la resolución de rechazo incluye a los señores Salgado en conjunto, en línea con lo establecido en la tercera cuestión de la sentencia. La corrección se realiza para reflejar fielmente la decisión del tribunal, eliminando la referencia exclusiva a Salgado en la texto original. La fundamentación principal radica en que el error material en la mención de los demandados debe corregirse para evitar confusiones y asegurar la correcta interpretación y ejecución del fallo. La decisión de aclarar se fundamenta en el art. 68 de la Ley 15.057, que permite la corrección de errores materiales en las sentencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento el resultado de la votación habida precedentemente, aclárase de oficio en los términos del art. 68 de la Ley 15.057, en lo atinente al error incurrido en la cuarta cuestión y punto 9 de la sentencia que -conforme lo resuelto en la tercera cuestión
- corresponde rechazar íntegramente la acción contra los señores OMAR FABIAN SALGADO (CUIT 20-14795480-9) y CARLOS ESTEBAN SALGADO (CUIT 23-14319396-9) (art. 726 CCyC) por el pago de..." La corrección consiste en incluir a ambos demandados en la referencia de la sentencia, eliminando la mención exclusiva a Salgado, y aclarando que la decisión se refiere a la totalidad de la acción

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