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DISTRIBUIDORA JADE TAKEM S.A. y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El Tribunal homologó un acuerdo transaccional entre las partes, validando la suma de cinco millones de pesos a favor de la actora, con costas a cargo de la demandada, y reguló honorarios profesionales. La decisión fundamenta en la justicia y equidad del acuerdo, conforme al art. 15 de la L.C.T. y la jurisprudencia SCBA, señalando que importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes.

Homologacion de convenio Acuerdo transaccional Derecho laboral Homologacion judicial Honorarios profesionales Acuerdo conciliatorio Costas Ley 15.057 Jurisdiccion laboral Regulacion de honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Mar del Plata homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado entre Luz Adiela Gallego Sánchez y Distribuidora Jade Takem S.A. en el expediente 74901, ratificando la suma de cinco millones de pesos a favor de la actora y estableciendo las condiciones de pago y costas. La resolución se fundamenta en que "la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes", cumpliendo con la normativa de homologación y jurisprudencia local. Además, regula honorarios profesionales, disponiendo su pago en los términos del acuerdo y conforme a la ley vigente, incluyendo la incidencia de IVA y la notificación personal de las providencias. La decisión refleja la voluntad de las partes y la intervención judicial para validar el acuerdo, garantizando su cumplimiento y legalidad.

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