PEREZ PABLO ROMAN SALOMON C/ SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRAN S/ AMPARO POR MORA
La acción de amparo por mora promovida por Pablo Román Salomón contra la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Transporte fue declarada abstracta, y se impusieron las costas a la demandada, dado que la cuestión se tornó inoficiosa tras la emisión del acto administrativo que resolvió el reclamo. La decisión se fundamenta en la extinción de la controversia por la resolución administrativa dictada el 21/07/2025, que puso fin a la procedimiento.
- Quién demanda: PEREZ PABLO ROMAN SALOMON
¿A quién se demanda?
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
orden de pronto despacho para que la autoridad administrativa resuelva el expediente de infracción de tránsito (acta: 02-089-00343905-4) por demora en dictar resolución tras el descargo presentado.
¿Qué se resolvió?
Se declaró extinguida la controversia por cuestión abstracta, al haberse dictado una resolución administrativa que resolvió el expediente, concluyendo que la pretensión de obtener la orden judicial de pronto despacho resulta inoficiosa y que la cuestión se tornó abstracta, conforme a la jurisprudencia de la Suprema Corte provincial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la pretensión articulada tiene por objeto, repito, obtener una orden judicial de pronto despacho en el trámite administrativo y finalmente, la demandada acompañó el acto administrativo que puso fin al reclamo promovido por la actora. Entonces, y tal como lo tiene dicho la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires cualquier pronunciamiento resultaría meramente teórico o inoficioso, al tiempo que, impropio de la función judicial (conf. causa B 64272, 'Hernández', sent. del 18.09.02). Por lo tanto corresponde declarar extinguida la controversia por haberse tornado abstracta la cuestión litigiosa." Asimismo, se impusieron las costas a la parte demandada por obligar a la actora a iniciar el proceso y por dictar acto administrativo que resolvió el expediente.
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