IBARRA ROQUE FACUNDO C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación del acuerdo transaccional en el expediente IBARRA ROQUE FACUNDO C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 fue dictaminada por el Tribunal, que consideró que el acuerdo cumple con los requisitos legales y resulta una justa composición de derechos e intereses, por lo que procede su homologación con costas a la parte demandada, además de resolver cuestiones relacionadas con honorarios, tasa de justicia y comunicación de fondos. La decisión se fundamenta en que el acuerdo satisface los requisitos del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y que la homologación resulta conveniente para cerrar la controversia, con la regulación de honorarios profesionales y costas a cargo de la parte demandada, además de disponer medidas para la efectiva realización de los pagos y transferencias. La resolución también informa sobre las obligaciones respecto a la comunicación y documentación para la transferencia de fondos, y la denuncia de datos para garantizar la vinculación de los créditos. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones. Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada. El tribunal resuelve homologar el acuerdo presentado a fs. 6 (art. 15 L.C.T.) con costas a la parte demandada.... Se regula además la tasa de justicia, honorarios profesionales, y se ordenan diversas comunicaciones a las partes y profesionales para garantizar la correcta transferencia de fondos y cumplimiento de obligaciones. El acuerdo ha sido considerado válido, justo y en conformidad con la normativa vigente, y por ello se homologó, con las disposiciones relacionadas a los honorarios, costas y procedimientos de pago.
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