GOMEZ CARINA VIVIANA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El Tribunal homologó la conciliación extrajudicial en un proceso de accidente de trabajo, confirmando el acuerdo y estableciendo las costas a la demandada, además de regular honorarios y ordenar el pago de tasas y contribuciones correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia ratifica el acuerdo conciliatorio alcanzado entre GOMEZ CARINA VIVIANA y FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA en el expediente 50508, relacionado con un accidente de trabajo. Los jueces consideran que lo pactado por las partes cumple con los requisitos legales y no implica renuncias a derechos del trabajador ni afecta disposiciones de orden público, por lo que deciden homologarlo en todas sus partes. La resolución añade que las costas serán a cargo de la demandada y regula los honorarios de los profesionales intervinientes, además de ordenar el depósito de las tasas y contribuciones correspondientes. La fundamentación señala que “lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas”, y que “no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia”. La decisión se apoya en los artículos 15 de la ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial, y otros preceptos aplicables, concluyendo que “el acuerdo es válido, y en consecuencia, se homologará en todos sus términos”. No existen votos disidentes relevantes.
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