Logo

CARBONE ANGEL JOSE C/ ELORDI MARIA LUCILA y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor solicitó la homologación de una transacción para dar por terminado el juicio. El Tribunal del Trabajo N° 1 homologó la transacción, considerando que fue celebrada por partes plenamente capaces y conforme a derecho.

Incidente Homologacion Transaccion Derechos laborales Capacidad Costas Honorarios Acuerdo conciliatorio Ley 20744 Ley 15057

Actor: CARBONE ANGEL JOSE Demandado: ELORDI MARIA LUCILA; ELORDI NAHUEL Objeto: Homologación de la transacción celebrada entre las partes. Decisión: Se homologó la transacción celebrada por las partes y se resolvieron las costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.)" "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado." "Las costas serán soportadas por la parte demandada ELORDI MARIA LUCILA y ELORDI NAHUEL (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar