PARADISO FRANCISCO ANTONIO C/ RINALPLAST S.R.L S/ DESPIDO Y ACCIDENTE DE TRABAJO
El actor promovió incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido y accidente de trabajo. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el acuerdo, resaltando su conformidad con la L.C.T. y la celeridad procesal necesaria en estos casos.
- Quién demanda: PARADISO FRANCISCO ANTONIO
¿A quién se demanda?
RINALPLAST S.R.L
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido y accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada entre la parte actora y demandada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T." "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos."
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