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MONZON ANDREA ISABEL C/ NORA ELENA IZZETA S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, confirmando que el convenio no vulnera principios de orden público y promueve la celeridad procesal. La homologación incluye costas a cargo de la demandada y regulación de honorarios conforme a la ley.

Homologacion acuerdo conciliatorio Despido Ley 15.057 Celeridad procesal Costas Honorarios profesionales Arts. 12 y 15 l.c.t. Multa proporcional Legislacion laboral Resolucion extrajudicial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Andrea Isabel Monzón, demanda a Nora Elena Izzeta por despido, reclamando la homologación del acuerdo conciliatorio celebrado en audiencia. La demandada, Nora Elena Izzeta, acepta los términos del convenio. El tribunal considera que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal, especialmente en cuestiones de índole alimentaria y créditos laborales. La homologación se fundamenta en los arts. 12, 15 y ccdts. de la Ley de Conciliación Laboral (L.C.T.), y en que la multa pactada resulta proporcional y las costas son a cargo de la demandada. Además, se regulan honorarios profesionales y aportes previsionales, conforme a los arts. 959 del C.C.C. y leyes arancelarias pertinentes. La sentencia establece que la homologación promueve la resolución efectiva del conflicto y respeta los derechos de las partes, sin vulnerar principios de orden público. La decisión fue adoptada por unanimidad de los jueces del tribunal.

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