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ECHEVERRIA MARIA CLAUDIA C/ GIAMACO SRL Y OTROS S/ DIFERENCIAS SALARIALES

Sentencia que admite el desistimiento de la acción y homologa un acuerdo conciliatorio, con pago de suma de 7 millones de pesos en cuotas por parte de Giamaco SRL a la accionante, y regula honorarios y costas en el contexto de un proceso laboral en Tandil.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Maria Claudia Echeverria, demanda a varias co-demandadas en un proceso por diferencias salariales. Luego de la audiencia, la jueza Virginia Persson constató que la actora desistió expresamente de la acción contra Beatriz Haydee Rodriguez y Carola Giaconi, quienes prestaron conformidad y cumplían con los requisitos del art. 304 del C.P.C.C., por lo que se resolvió en la primera cuestión que el desistimiento es procedente. En la segunda cuestión, se analizó y aprobó el acuerdo conciliatorio celebrado entre la actora y la demandada Giamaco SRL, en virtud del cual esta última se compromete a pagar la suma de 7 millones de pesos en tres cuotas en un plazo de 90 días desde la homologación. La tercera cuestión, fue la declaración de que el desistimiento y el acuerdo conciliatorio estaban ajustados a derecho, homologándose con fuerza de sentencia. Se dispuso además el pago de honorarios y costas en relación con los profesionales intervinientes, y se reguló la tasa de justicia y otros gastos procesales. La sentencia destaca que el acuerdo fue alcanzado tras un análisis pormenorizado y que la homologación tiene fuerza de sentencia definitiva, cerrando así el proceso.

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