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GOMEZ MICAELA SOLEDAD C/ PROVINCIA ART SA S/ MATERIA A CATEGORIZAR

Se regula el pago de honorarios por trabajos extrajudiciales realizados en sede administrativa en favor de la Dra. Micaela Soledad Gómez. La Cámara fija en 7.50 JUS los honorarios correspondientes, con un adicional del 10%, y dispone su pago por parte de la demandada, además de regular los honorarios de las abogadas y las costas.

Honorarios profesionales Procedimientos administrativos Comision medica Ley 14.967 Regulacion de honorarios Art Trabajos extrajudiciales Costas Jus Responsabilidad civil

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Dra. Micaela Soledad Gómez solicita la regulación de honorarios por su labor en la Comisión Médica N° 126 de Tandil, en el marco del expediente administrativo SRT 031443/25, en favor de Marcos Joaquín Espina. La demandada, Provincia ART S.A., argumenta que no se negó al pago, sino que no existió regulación previa, y solicita que se tengan en cuenta los arts. 9, 16, 21 y 55 de la Ley 14.967. La actuación profesional adquirió plena validez y utilidad, ya que el procedimiento administrativo culminó con el dictamen médico que acepta la contingencia laboral y la obligación de cobertura por parte de la ART, consumándose así el objeto del trámite. La sentencia valora la labor del profesional y regula los honorarios en 7.50 JUS, más el 10%, a abonarse en 10 días de quedar firme, con costas a cargo de la demandada. También se regulan los honorarios de la Dra. Juieta Benvenuto en 1,45 JUS cada una, con aportes y IVA correspondientes.

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