BARRERA FLORENCIA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
La sentencia dispone el archivo de las actuaciones por incumplimiento de requisitos formales en una presentación por medios electrónicos. La resolución confirma la improcedencia de la solicitud y ordena el archivo del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandante, BARRERA FLORENCIA, presentó un escrito el 23/06/2025, que no fue tenido por presentado debido a que no cumplió con los requisitos del Art. 6 del Anexo Único, Anexo I del Reglamento para las presentaciones y notificaciones por medios electrónicos Ac. 4039 SCBA.
- La decisión del tribunal es tener por no presentado el escrito y ordenar el archivo de las actuaciones.
- El fundamento principal radica en que, “corresponde tener por no presentado el escrito de fecha 23/06/2025 y disponer, firme la presente, el archivo de las actuaciones”, debido a que no se cumplieron los requisitos formales establecidos en la normativa vigente. La resolución se fundamenta en que “el tiempo transcurrido y no habiéndose cumplido con los requisitos previstos en el Art. 6 del Anexo Único, Anexo I del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos Ac. 4039 SCBA”.
- No se reportan votos disidentes ni consideraciones adicionales.
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