OTERO MARTINA C/ PENA TERESA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo entre las partes en proceso laboral. La Cámara homologó el acuerdo presentado, confirmando su validez y ordenando el cumplimiento de las obligaciones de pago y costas, con imposición de costas a la demandada y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Otero Martina contra Teresa Pena, solicitando la homologación de un acuerdo alcanzado entre las partes. La Cámara evaluó que el acuerdo cumple con los requisitos de validez formal y sustancial y que constituye una justa composición en conformidad con la normativa laboral, específicamente el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. La sentencia establece que "no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre las partes en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T." y que "es procedente la homologación del acuerdo celebrado entre las partes".
Fundamentos principales:
"Evaluados que han sido los términos y alcances del acuerdo denunciado espontáneamente por las partes a través de sus presentaciones electrónicas de fecha 01/09/2025
- ajustadas, en cuanto a su validez formal a las pautas establecidas en el Art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039, mediante el cual se pretenden concluir las cuestiones litigiosas allí planteadas, no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre aquellas en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T."
"Atento lo resuelto en la cuestión precedente corresponde declarar válido el acuerdo celebrado entre las partes y homologar el mismo con fuerza de sentencia (Arts.15 y 277 L.C.T.)."
La sentencia también impone costas a la demandada, regula honorarios profesionales, y ordena el depósito de las sumas correspondientes a la tasa de justicia y contribución sobre tasa de justicia en los plazos legales, advirtiendo las sanciones en caso de incumplimiento. Se destaca que el acuerdo fue homologado con fuerza de sentencia, consolidando su cumplimiento obligatorio y la validez del acuerdo alcanzado.
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