ALTAMARE SERGIO REYNALDO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación del acuerdo entre las partes, con reconocimiento de validez y homologación con fuerza de sentencia, confirmó la validez del acuerdo y ordenó la homologación con imposición de costas a la parte demandada, eximiéndolas del pago de la Tasa de Justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Sergio Reynaldo Altamare promovió una acción de revisión contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., solicitando la homologación de un acuerdo alcanzado entre las partes. La Cámara del Trabajo evaluó la validez formal y sustancial del acuerdo, considerando que no viola la normativa del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y concluyó que el acuerdo constituía una justa composición. El tribunal declaró válido y homologó el acuerdo con fuerza de sentencia, imponiendo las costas a la parte demandada y eximiendo a ambas partes del pago de la Tasa de Justicia. Se regularizaron honorarios y se notificaron conforme a derecho.
Fundamentos principales:
El juez Paté ernico afirmó: "a esta altura del proceso, evaluados que han sido los términos y alcances del acuerdo denunciado por las partes a través del acta de audiencia de fecha 02/09/2025... ajustadas, en cuanto a su validez formal a las pautas establecidas en el Art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039
- mediante el cual se pretenden concluir las cuestiones litigiosas planteadas en este juicio, no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre aquellas en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T."
Y agregó: "Atento lo resuelto en la cuestión precedente corresponde declarar válido el acuerdo celebrado entre las partes y homologar el mismo con fuerza de sentencia". La decisión se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos legales y no contraviene normas laborales, por lo que procede su homologación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: