TORT NORBERTO ISMAEL Y OTROS C/ CANGARO JORGE LUCIANO Y OTROS S/ DESALOJO FALTA DE PAGO
La Cámara de Dolores confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el desalojo por falta de pago del alquiler, rechazando la reconvención por daños y perjuicios y manteniendo la legitimación del club como parte actora. La decisión se fundamentó en la validez del contrato de locación y en la falta de pago de los locatarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Club Deportivo y Cultural Ferroviario de Ayacucho, promovió demanda de desalojo contra los demandados Jorge Luciano Cangaro, Juan Isaías Arrayago y María Paula Nizzoli, por incumplimiento en el pago de alquileres del inmueble en Ayacucho. La sentencia de primera instancia ordenó el desalojo y rechazó la reconvención por daños y perjuicios. La Cámara confirmó la decisión, señalando que la falta de pago de al menos dos períodos constituye causa suficiente para proceder con el desalojo, y que la representación del club en la acción fue válida, pese a las irregularidades en su personería. La Cámara también desestimó la pretensión de daños y perjuicios, argumentando que los actos de rescisión del contrato fueron ejercidos en ejercicio regular de un derecho contractual. La causa se resolvió con costas a los demandados vencidos. La sentencia destacó que, aunque la redacción del contrato y las circunstancias jurídicas puedan ser discutidas, la prueba documental y los informes de la Dirección de Personas Jurídicas respaldan la legitimidad del club y la existencia del incumplimiento. La pretensión de daños y perjuicios fue considerada infundada, dado que la rescisión contractual y el desalojo son acciones legítimas y no constituyen ilícito.
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