Logo

CARTASUR CARDS S.A. C/ CAMARGO ESCOBAR SAMUEL S/ COBRO EJECUTIVO

La jueza Alejandra Salvioli corrigió un error material en la sentencia de trance y remate dictada el 13/8/2025, estableciendo que los intereses punitorios se devengan desde la mora del deudor, el 24/1/2017, en lugar del 01/12/2016. La modificación afecta el cálculo de intereses y la liquidación del proceso ejecutivo.

Procedimiento ejecutivo Correccion error material Intereses punitorios Mora del deudor Liquidacion Remate Proceso judicial Notificacion digital Tramite procesal Correccion sentencia

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La jueza Corrigió un error material en la sentencia de trance y remate del 13/8/2025.
- La parte demandada es Samuel Camargo Escobar y la parte demandante es CARTASUR CARDS S.A.
- La resolución ajustó la fecha de devengamiento de intereses punitorios a partir del 24/1/2017, en lugar del 01/12/2016, en respuesta a la presentación del 2/9/2025 del abogado Juan José Blecker.
- La decisión se fundamenta en que "los intereses punitorios se establecen a partir de la mora del deudor, el día 24/1/2017, fecha denunciada en la demanda y no el día 01/12/2016 como erróneamente fuese consignado". La jueza ordenó dejar constancia del cambio en el registro y notificó la corrección.
- Además, se ordenó el traslado de la liquidación practicada a la contraparte por cinco días, y se notificó vía copia digital al domicilio electrónico del fiscal, garantizando economía procesal y transparencia en la comunicación.
- La documentación acompañada fue considerada copia fiel de los originales. La decisión se fundamenta en la necesidad de corregir un error material que afecta el cálculo de intereses en el proceso ejecutivo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar