CAP JUAN NICOLAS S/ EJECUCION HONORARIOS
La sentencia ordena la ejecución de honorarios por un monto de $3.300.000, tras la aceptación del pago por parte de FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. La decisión incluye la transferencia bancaria del monto, la deducción de aportes y costas, y la imposición de costas a la parte vencida. El tribunal consideró que el pago realizado y la liquidación de intereses justifican la resolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, en autos "CAP JUAN NICOLAS S/ EJECUCION HONORARIOS", ordenó la ejecución del pago de $3.300.000, correspondiente a honorarios ($3.000.000) y aportes ($300.000), en favor de Juan Nicolás Cap. La parte demandada, FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U., se allanó al reclamo y entregó en pago el capital reclamado, siendo la sentencia dictada en virtud de dicho acuerdo. La resolución dispone la transferencia electrónica del monto, la deducción de aportes y costas, y el reconocimiento de intereses moratorios desde el 9/10/2024, con base en la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Además, se impusieron las costas a la parte vencida y se difirió la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva. El juez fundamenta que "la parte demandada se allanó al reclamo y dio en pago el capital reclamado, por lo que corresponde proceder a la ejecución". También destaca que "las costas son a cargo de la parte vencida en virtud del art. 68 y 556 del C.P.C.C." y que "los intereses moratorios se liquidarán sobre el capital, desde la mora hasta el pago efectivo, conforme a los arts. 770 C.C.C.N. y la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires". La decisión se apoya en el informe de saldo bancario y en la dación en pago efectuada.
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