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SUAREZ MIRTA LILIANA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaratoria de herederos de MIRTA LILIANA SUAREZ tras su fallecimiento. El Tribunal declara a sus hijos y cónyuge como herederos universales en virtud de la normativa aplicable.

Sucesion Herederos Declaratoria Ley de sucesiones Cpcc Renaper Fallecimiento Universales herederos Edictos Bienes gananciales

Actor: JORGE VICTOR PEREZ; VICTOR MANUEL PEREZ; SOFIA AILEN PEREZ Demandado: No hay demandado específico. Objeto: Declaratoria de herederos de MIRTA LILIANA SUAREZ. Decisión: Se hace lugar a la solicitud de declaratoria de herederos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA, se acredita el fallecimiento de MIRTA LILIANA SUAREZ ocurrido el día 29/11/2024." "se acredita la publicación de edictos que prevé el art. 734 inc. 2º del CPCC, y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del CPCC." "declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MIRTA LILIANA SUAREZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos VICTOR MANUEL PEREZ y SOFIA AILEN PEREZ y su cónyuge JORGE VICTOR PEREZ."

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