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ORDIZ ANGEL RAUL Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara en proceso de sucesión ab intestato la condición de herederos de los causantes fallecidos, y ordena el registro de la sucesión sin que la resolución tenga valor para la inscripción de bienes o cobro de suma alguna.

Sucesion ab intestato Declaracion de herederos Certificados de fallecimiento Edictos Herederos forzosos Bienes propios y gananciales Normativa civil Publicacion edictal Proceso sucesorio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal analiza los certificados de fallecimiento de Angel Raúl Ordiz y Ana María Saavedra, emitidos en 2012 y 1924 respectivamente, junto con la documentación que acredita el matrimonio y los hijos nacidos de dicha unión. Se realiza una publicación de edictos conforme a la normativa vigente (artículos 734 y 2340 del Código Civil), sin que se hayan presentado oposiciones o recursos en el plazo establecido. La resolución declara que, por fallecimiento de Angel Raúl Ordiz, le suceden en carácter de herederos sus hijos Ana María, Hernán Eduardo y Claudina Esther Ordiz, y su cónyuge Ana María Saavedra, quien también hereda sobre sus bienes propios si los tuviera. De modo similar, tras el fallecimiento de Saavedra, le suceden en herencia sus hijos y los herederos del fallecido. La decisión se fundamenta en los artículos 3410, 3545, 3565 y 3570 del Código Civil, artículos 735 y 737 del CPCC y las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Se deja constancia que la resolución no tiene valor para la inscripción, cesión, transmisión de bienes ni para el cobro de sumas de dinero. La notificación se realiza mediante firma digital y código QR.

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