SEMPIO JUAN IGNACIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El tribunal homologó un acuerdo transaccional entre las partes en un proceso de daños y perjuicios. La homologación fue concedida en virtud de que las partes ratificaron la voluntad expresa sin vicios y conforme al art. 308 del CPCC, y se dispuso la homologación del acuerdo y el pago de costas en la forma pactada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente caratulado "Sempio Juan Ignacio c/ Federación Patronal Seguros S.A.U. s/ Homologación de convenio" refiere a la homologación de un acuerdo transaccional alcanzado entre las partes en un proceso por daños y perjuicios. La resolución homologó el acuerdo ratificado mediante presentaciones electrónicas, considerando que las partes manifestaron una voluntad expresa sin vicios y conforme a lo dispuesto en el art. 308 del CPCC. La decisión fue que se homologaba el acuerdo, se ordenaba el registro y se notificó por medios electrónicos. La resolución también intimó a la parte citada en garantía a abonar las sumas consignadas bajo apercibimiento de ejecución. La homologación implica que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada y se da por cumplido el trámite judicial para hacer efectivo lo pactado.
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