C.H.L. Y OTRO/A C/B.E.J.A. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE
La parte actora interpuso un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Cámara concede el recurso y anula parcialmente el fallo, dejando sin efecto la corrección en la pronunciamiento, en atención a un error material. La decisión se basa en la necesidad de evitar perjuicio derivado de un error involuntario en la sentencia original.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, representado por el Dr. Piancatelli, demanda daños y perjuicios en contra del Sr. B.E.J.A., en representación de sus hijos C.H.L. y C.L.C. La sentencia inicial, dictada el 29/08/2025, favoreció a la parte actora en el reconocimiento del reclamo. Sin embargo, se detectó un error material en la sentencia que fue aclarado mediante la resolución del 1/09/2025, en la cual se corrigió la identificación del demandante, estableciendo que la demanda fue promovida por C.H.L. y S.E.R., en representación de sus hijos, en lugar de por C.A.F. y C.L.C. La parte actora interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia aclaratoria. La Cámara, al analizar el recurso, concede la apelación y revoca la corrección, considerando que la sentencia original no contenía errores sustanciales y que la aclaración solo pretendía corregir un error material que no afecta la sustancia del fallo. Se destaca que la decisión se fundamenta en que la corrección no modifica el alcance del pronunciamiento, sino que ajusta un dato formal, y que la apelación fue presentada dentro de los plazos legales.
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