GOETTA KARINA NELIDA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce la demanda de Goetta Karina Nelida por la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad en un 3%, en virtud de la inconstitucionalidad de leyes y decretos que redujeron o eliminaron dicho porcentaje, y ordena su pago con intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demanda el reconocimiento de su derecho a que se liquide en un 3% la bonificación por antigüedad por todos los años laborados, cuestionando la constitucionalidad de leyes y decretos que redujeron dicho porcentaje, específicamente leyes 11.739, 11.905, y decreto 240/96.
- La defensa fiscal sostiene que las modificaciones normativas no implicaron vulneración constitucional, ya que las mismas fueron realizadas en un marco legal y constitucionalmente válido, y que no hubo derecho adquirido ni vulneración del principio de igualdad.
- El tribunal analiza las leyes y decretos que establecieron reducciones en la bonificación por antigüedad, concluyendo que dichas medidas implicaron una disminución salarial, violando la protección constitucional del principio de progresividad y la igualdad ante la ley, en particular respecto a los magistrados.
- Se destaca que las medidas no respondieron a una situación de emergencia ni fueron temporales, y que la protección constitucional de los derechos adquiridos impide retrocesos en beneficios laborales.
- La sentencia también señala que la ley 13.354, que elevó el porcentaje a 3% en 2005, fue posteriormente reducida, y que las modificaciones operadas en las leyes de presupuesto posteriores implicaron un retroceso que viola el principio de progresividad.
- Se rechaza la prescripción alegada por la defensa, dado que el hecho continuado en el tiempo permite el reclamo hasta la actualidad, y se reconoce el derecho a la liquidación y pago de las sumas adeudadas, con intereses.
- Finalmente, se ordena a la demandada pagar las sumas devengadas, con intereses, y las costas del proceso.
FUNDAMENTOS:
El tribunal basa su decisión en que las reducciones en la bonificación por antigüedad, establecidas por las leyes 11.739, 11.905 y el decreto 240/96, implicaron una disminución de haberes que viola el principio de progresividad y la protección constitucional del derecho al trabajo y a la propiedad. Se cita doctrina y jurisprudencia, incluyendo fallos de la CSJN y la SCBA, que establecen que las medidas regresivas en derechos laborales deben ser justificadas por situaciones de emergencia y no pueden ser definitivas si afectan derechos adquiridos.
Se afirma que las medidas adoptadas no cumplieron con estos requisitos, y que la protección constitucional y la doctrina de la SCBA impiden la disminución de beneficios laborales en perjuicio de los derechos adquiridos del trabajador.
Se destaca que
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