SIMO FERNANDO AUGUSTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaración de herederos por fallecimiento de Fernando Augusto Simo. La Cámara declara herederos a los hijos y cónyuge del causante, conforme a la ley y los registros probatorios, incluyendo la publicación de edictos y la acreditación del fallecimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue iniciado por los herederos de Fernando Augusto Simo, quien murió el 01/04/2025. La sentencia señala que, tras acreditar su deceso mediante información del RENAPER y la publicación de edictos, se declara heredero universal a su esposa, María Cristina Cesare, y a sus hijos: Debora Romina Simo, Nicolás Matías Simo y María Lucía Simo. La decisión se fundamenta en la normativa civil y del Código Procesal Civil y Comercial, específicamente los artículos 735 y 737 del C.P.C.C., y los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación. La sentencia señala que la herencia incluirá bienes propios y gananciales, con la salvedad de la ley. La publicación de edictos y las constancias en autos acreditan el cumplimiento de los requisitos legales. La resolución es en el marco del proceso sucesorio y se ordena su registro.
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