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ISOLDI MARIA EUGENIA C/ CONSULTORES ASOCIADOS ECOTRANS SA Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito entre un vehículo particular y un colectivo fue parcialmente aceptada, condenando a la aseguradora y a la empresa de transporte a pagar $19.450.000 más intereses y costas, por responsabilidad del accidente y daños asociados.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, María Eugenia Isoldi, promovió demanda contra la empresa de transporte Ecotrans S.A. y su aseguradora, reclamando daños por un accidente ocurrido el 5/8/2014, en el que sufrió lesiones físicas, daños materiales en su vehículo, daños psicológicos y daños morales, solicitando $253.600 y otros rubros indemnizatorios. La aseguradora reconoció el siniestro pero negó responsabilidad y alegó culpa del conductor del vehículo de la actora. La causa se tramitó con prueba documental y testimonial, concluyendo que la responsabilidad recae en el conductor del colectivo, por lo que la demanda prosperó en su totalidad. La sentencia condenó a los demandados a pagar la suma de $19.450.000, con intereses y costas. La valoración de los daños consideró la responsabilidad del accidente, la existencia de lesiones psíquicas y físicas, daños materiales, gastos médicos, y privación de uso del vehículo, estableciendo un monto suficiente para la reparación integral de los perjuicios. La responsabilidad del asegurador se extendió hasta el límite de cobertura de la póliza, considerando además la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 para mantener la reparación en valores actuales. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: El tribunal concluyó que la responsabilidad del accidente es del conductor del colectivo, en virtud del contacto entre el vehículo de la actora y el colectivo, respaldado por los testimonios que confirmaron la versión actoral y la prueba pericial que indica una relación causal entre el accidente y las lesiones psíquicas y físicas. La pericia médica indicó un 16.30% de incapacidad física y un 25% de daño psíquico, estableciendo montos indemnizatorios acordes con la gravedad de las secuelas. La valoración del daño material en el vehículo se realizó en base a la pericia técnica, estimando los costos de reparación en $6.000.000, y la pérdida de valor en $1.100.000. La privación de uso se fijó en $200.000, considerando un período de 20 días de inmovilización. La indemnización total se fija en $19.450.000, ajustada por inflación y actualizada conforme a la normativa constitucional y jurisprudencial. La aseguradora fue condenada a responder en la misma medida, considerando la cobertura de la póliza y la inconstitucionalidad del límite legal vigente.

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