BRAVI, CLAUDIO RODOLFO c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD CERVECERA Y AFINES Y OTRO s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
La Cámara Federal de Rosario confirmó la resolución que ordenó mantener el vínculo afiliatorio y las prestaciones de salud de Claudio Rodolfo Bravi con la Obra Social del Personal de la Actividad Cervecera y Afines, defendiendo la continuidad del derecho del beneficiario a mantener la afiliación y prestaciones, y rechazando los agravios sobre la exclusión de AMUR en la condena.
Actor: Claudio Rodolfo Bravi Demandado: Obra Social del Personal de la Actividad Cervecera y Afines (OSPACA) Objeto: La continuidad del vínculo afiliatorio, prestaciones médicas y la correcta gestión de aportes y contribuciones Decisión: La Cámara confirmó la resolución que hizo lugar a la amparo y ordenó mantener la afiliación y prestaciones, rechazando los agravios de la demandada y la actora respecto a la exclusión de AMUR y la normativa aplicable
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analizó la normativa vigente, en particular la ley 19.032 y el decreto 292/95, concluyendo que los jubilados mantienen su condición de beneficiarios de la obra social y que la inscripción en registros no limita esa situación; además, se acreditó que AMUR actuó como prestador mediante un convenio con OSPACA, y que la gestión de aportes fue exclusiva de esta última, rechazando los agravios sobre la exclusión de AMUR. Se resaltó que la normativa y precedentes jurisprudenciales respaldan la continuidad del afiliado a su obra social de origen tras la jubilación.
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