REYNOSO LEONARDO DANIEL c/ ESTADO NACIONAL - M DEL INTERIOR -PFA - SUP DE BOMBEROS Y OTROS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda contra el Estado Nacional por falta de legitimación pasiva, considerando que la responsabilidad del servicio ferroviario recae en la concesionaria, y no en el Estado, por lo que se admite la excepción y se rechaza la demanda.
- Quién demanda: Leonardo Daniel Reynoso
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Trenes de Buenos Aires S.A., Lua Seguros La Porteña S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por un incidente en el servicio ferroviario ocurrido el 18 de marzo de 2002.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la condena al Estado Nacional y rechazó la demanda, por considerar que la responsabilidad recae en la concesionaria, no en el Estado, y que no se probó incumplimiento en su deber de fiscalización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de grado condenó al Estado Nacional, sustentándose en la responsabilidad del dueño o guardián del tren. La Cámara analiza el contrato de concesión, remarcando que “Trenes de Buenos Aires S.A.” era la responsable de la operación y explotación del servicio, y que el Estado sólo debía fiscalizar. Se cita que “la transferencia de la gestión mediante concesión conlleva que sea el concesionario quien deba hacerse cargo de las indemnizaciones por daños ocasionados a terceros” (Fallos: 346:1304). La responsabilidad del Estado requiere demostrar incumplimiento en su deber de fiscalización, lo cual no se probó en el caso. La Cámara concluye que la falta de legitimación pasiva del Estado justifica la desestimación de la demanda, y en consecuencia, revoca la sentencia de primera instancia, condenando en costas a la parte actora.
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