FERREYRA NATALI GEORGINA C/ CENCOSUD S.A. S/ DESPIDO
FERREYRA NATALI GEORGINA promovió un incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio por despido. El Tribunal del Trabajo N° 1 aprobó el acuerdo, estableciendo un pago de $28.000.000 en 30 días y advirtiendo sobre las consecuencias de un posible incumplimiento.
Actor: FERREYRA NATALI GEORGINA Demandado: CENCOSUD S.A. Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por despido. Decisión: Se aprueba el acuerdo conciliatorio entre las partes, estableciendo un pago de $28.000.000 por parte de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho laboral tutela al trabajador según las normas constitucionales y la legislación ordinaria reglamentaria (art. 14 Bis, C.N.; arts. 7, 9, 12, 20, 260, L.C.T.), declarando la indisponibilidad de sus derechos e imponiendo su irrenunciabilidad." "Por ello, considerando el reclamo incoado por la parte actora, los términos en los que ha quedado trabada la litis, la prueba producida hasta el presente y lo manifestado por las partes en el acuerdo arribado, estimo que la conciliación propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses, por lo que corresponde su homologación." "La conducta incumplidora de un acuerdo homologado en sede judicial es considerada temeraria y maliciosa, por ello, en caso de incumplimiento del presente, si el trabajador se viera precisado a iniciar la etapa de ejecución, la suma adeudada devengará en favor del trabajador desde la fecha de mora y hasta su efectiva cancelación por dos veces y media la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones de descuento de documentos comerciales."
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